Simón Bolívar

"Con solo 47 años de edad peleó 472 batallas siendo derrotado solo 6 veces. Participó en 79 grandes batallas, con el gran riesgo de morir en 25 de ellas. Liberó 6 naciones, cabalgó 123 mil kilómetros, más de lo navegado por Colón y Vasco de Gama combinado. Fue Jefe de Estado de 5 naciones. Cabalgó con la antorcha de la libertad la distancia lineal de 6.500 kilómetros, esa distancia es aproximadamente media vuelta a la Tierra. Recorrió 10 veces más que Aníbal, 3 veces más que Napoleón, y el doble de Alejandro Magno. Sus ideas de Libertad fueron escritas en 92 proclamas y 2.632 cartas. Lo mas increíble es que muchas de ellas fueron dictadas de forma simultánea y en diferentes idiomas a distintos secretarios.Y el ejército que comandó NUNCA CONQUISTO, sólo LIBERÓ."

Lo anterior fue el argumento con el cual la BBC de Londres eligió al Libertador Simón Bolívar como el Americano más prominente del siglo XIX.

lunes, 29 de octubre de 2018

Informe Reunión O-24 Consejo Directivo 24-10-2018

29 de octubre de 2 018



El objetivo de este informe es divulgar las posiciones sostenidas por esta representación del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología ante el Consejo Directivo, en aquellos temas discutidos en este cuerpo, que consideremos necesarios con el fin de promover el análisis crítico sobre las decisiones tomadas en el seno de este Consejo.

No pretendemos sustituir la vocería, de quienes dentro del cuerpo representan a los distintos sectores universitarios. Para ello está la Gaceta Universitaria de la UNA.

Este informe no es una relatoría de los puntos discutidos.

Pensamos que así se suscitará que la comunidad presente sus posiciones promoviendo elementos para la discusión dentro del cuerpo.

Noticias Universitarias
Listado de PETRORINOCO N° 44
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Frente Socialista USB
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PLURAL: Proyecto Socialista UCV
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¡SISMEU!
Centro de Atención Telefónica
0800-SISMEU-0
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¡Denuncia!
Sala Situacional de Salud de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora
Atención las 24 horas para denuncias por servicio de emergencias y carta aval
Teléfonos: (0212) 9520430, 9051576/1516/1568




Informe Reunión Ordinaria Consejo Directivo 03-10-2 018




Punto 1 de la Agenda de la Reunión Ordinaria O-24 del 24-10-2 018

El Rector en funciones (renunciante) trae 9 puntos en mano.

El Vicerrector Académico en funciones trae un punto en mano.

El Vicerrector Administrativo en funciones trae 30 puntos en mano.

La Secretaria en funciones trae 6 puntos en mano.

El representante del MPPEUCT trae 4 puntos en mano.

La agenda original era de 248 puntos. Solo 42 eran nuevos en la presente agenda. Se presentaron 49 puntos en mano se convirtió en una agenda de 297 puntos, ahora bien, al no entregar la agenda con al menos un día de anticipación, el 116,67% de los puntos de la agenda se discute sin análisis previo. Pese al esfuerzo por descontaminar la agenda, ¿Cuáles de esos puntos son realmente urgentes?

Teniendo todas las autoridades un equipo de personas que trabajan en esas dependencias, y ya que han convertido al Consejo Directivo en el ente que todo lo decide, deberían ser más responsables y oportunos entregando los puntos a tiempo para que todos los consejeros los conozcan, los estudien y hagan las averiguaciones pertinentes con el fin de tomar decisiones responsables en dicho consejo.

De lo contrario el Consejo Directivo pierde respeto ante la comunidad de la UNA al tomar decisiones a la ligera.

Se discutieron 93 puntos de 297 en agenda.

Punto 245 de la Agenda de la Reunión Ordinaria O-24 del 24-10-2 018



Quienes promueven el odio y la discriminación no se quieren dar por enterados

Punto 274 de la Agenda de la Reunión Ordinaria O-24 del 24-10-2 018
Este punto es presentado en mano por el Rector



Se acuerda remitir la comunicación a RRHH.

Punto 278 de la Agenda de la Reunión Ordinaria O-24 del 24-10-2 018
Este punto es presentado en mano por el Representante del MPPEUCT

RCD 003/2 018

24 de octubre de 2 018


Ciudadanos
Miembros del Consejo Directivo
Presentes.-

La presente tiene intención informativa para los miembros de este consejo referido a lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras sobre las limitaciones para las juntas directivas con período vencido.
Anexo el artículo referido (artículo 402 del Título VII, Capítulo I).
Es menester recordar que el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento, con esta comunicación aspiro a evitar el desconocimiento de la misma.

Sin más que agregar,


Atentamente,

Prof. Ángel Míguez




BOLETÍN INFORMATIVO N° 1

LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS

TÍTULO VII
DEL DERECHO A LA PARTICIPACIÓN PROTAGÓNICA DE LOS TRABAJADORES, TRABAJADORAS Y SUS ORGANIZACIONES SOCIALES

CAPÍTULO I
DE LA LIBERTAD SINDICAL

Sección Séptima: De Las Elecciones Sindicales
PERÍODO DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artículo 401. La junta directiva de un sindicato ejercerá sus funciones durante el tiempo que establezcan los estatutos de la organización, pero en ningún caso podrá establecerse un período mayor a tres años.
En las federaciones y confederaciones o centrales el período de la junta directiva podrá ser de hasta cinco años.
Limitaciones para juntas directivas con el período vencido
Artículo 402. Las organizaciones sindicales tienen derecho a efectuar sus procesos electorales, sin más limitaciones que las establecidas en sus estatutos y en esta Ley.
La no convocatoria a elecciones sindicales por parte de los integrantes de una junta directiva a la que se le haya vencido el período para el cual fue electa es contraria a la ética sindical, al ejercicio de la democracia sindical y a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Los y las integrantes de la junta directiva de las organizaciones sindicales cuyo período haya vencido de conformidad con esta Ley y en sus estatutos, no podrán realizar, celebrar o representar a la organización sindical en actos jurídicos que excedan la simple administración, por tal razón, no podrán presentar, tramitar, ni acordar convenciones colectivas de trabajo, pliegos de peticiones con carácter conciliatorio o conflictivo ni actas convenio.
La organización sindical cuya junta directiva tenga el período vencido no podrá sustituir a los integrantes de la junta directiva por mecanismos distintos al proceso de elecciones, ni modificar sus estatutos para prorrogar el período de la junta directiva.
Esta disposición no es aplicable cuando el vencimiento del período de la junta directiva ocurra en el curso de un proceso electoral para la elección de una nueva junta directiva, o posterior al inicio de la tramitación de una convención colectiva de trabajo, o un pliego de peticiones.

Puntos 257, 258, 293 y 294 de la Agenda de la Reunión Ordinaria O-24 del 24-10-2 018
Estos puntos son presentados en mano por el Vicerrector Administrativo

Se reconoce y paga a una empresa inversionista Bs. 3 552 251 732,44 por un mes (julio) de servicios de limpieza en las sedes “A”, “B”, “C” y “D” de la UNA, 6 CL y 5 UA. [Costo por Operario Bs. 62 720 000,00 mensual]

Se reconoce y paga a 48 vigilantes tras la renuncia de las empresas de seguridad Bs.S 95 040,00 por servicios de vigilancia en las sedes de 7 CL, 7 UA. [Costo por Vigilante Bs. 1 980 ,00]

Se reconoce y paga a una empresa Bs.S 24 360,00 por un mes (setiembre) de servicios de vigilancia en el CL Sucre. [Costo por Vigilante Bs.S 7 000,00 mensual]

Se reconoce y paga a una empresa Bs.S 8 294,00 por un mes (setiembre) de servicios de vigilancia en el CL Cojedes. [Costo por Vigilante Bs.S 6 380,00 mensual]

Tenemos dificultades financieras en el país, pero…

¡Hay Presupuesto!

Punto 297 de la Agenda de la Reunión Ordinaria O-24 del 24-10-2 018
Este punto es presentado en mano por el Rector

Se recibe comunicación de SUOUNA sobre las actividades recreacionales.



Según la UNA en información enviada al MPPEUCT-OPSU contamos con 230 obreros activos, 107 obreros jubilados y 25 pensionados.

Las Actividades propuestas, en imitación a las propuestas por el sindicato de empleados, es de una actividad para 30 jubilados y otra para 100 obreros.




Prof. Ángel Míguez
Representante del
Ministerio del Poder Popular para la
Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología
ante el Consejo Directivo de la UNA
(Según resolución N° 280 del MPPEU, Gaceta Oficial N° 39415 del 03-05-2010)
(Según resolución N° 3416 del MPPEU, Gaceta Oficial N° 39996 del 29-08-2012)
Los Derechos se Conquistan luchando, ayer, hoy, mañana y siempre