Simón Bolívar

"Con solo 47 años de edad peleó 472 batallas siendo derrotado solo 6 veces. Participó en 79 grandes batallas, con el gran riesgo de morir en 25 de ellas. Liberó 6 naciones, cabalgó 123 mil kilómetros, más de lo navegado por Colón y Vasco de Gama combinado. Fue Jefe de Estado de 5 naciones. Cabalgó con la antorcha de la libertad la distancia lineal de 6.500 kilómetros, esa distancia es aproximadamente media vuelta a la Tierra. Recorrió 10 veces más que Aníbal, 3 veces más que Napoleón, y el doble de Alejandro Magno. Sus ideas de Libertad fueron escritas en 92 proclamas y 2.632 cartas. Lo mas increíble es que muchas de ellas fueron dictadas de forma simultánea y en diferentes idiomas a distintos secretarios.Y el ejército que comandó NUNCA CONQUISTO, sólo LIBERÓ."

Lo anterior fue el argumento con el cual la BBC de Londres eligió al Libertador Simón Bolívar como el Americano más prominente del siglo XIX.

lunes, 24 de febrero de 2014

Informe Reunión O-05 Consejo Directivo 19-02-2014 y NOTAS SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL

24 de febrero de 2 014



El Consejo Directivo convocado para el miércoles 19 de febrero comenzó a las 11:00 a.m. con la asistencia, por invitación del cuerpo, del Superintendente de Seguridad Social Julio César Alviarez.

Su exposición y las preguntas formuladas y sus respuestas fueron grabadas por nuestros compañeros de audio visuales con el fin de darlo a conocer a toda la comunidad en los Centros Locales y Unidades de Apoyo.

Esta primera parte concluyo a la 1:45 p.m., acordamos los miembros del Consejo Directivo, presentes, que nos reincorporaríamos a las 3:00 p.m. para dar comienzo formal a la sesión ordinaria N° 5 del cuerpo.

A las 3:15 p.m. sin dar explicación alguna, una de las secretarías del cuerpo me informó que se había decidido suspender la sesión ordinaria N° 5, solicite si había alguna justificación y me señaló que no le habían informado nada más.

Suspenden la reunión sin explicación alguna del por qué se toma dicha decisión y adicionalmente la mayoría de las Autoridades se han ausentado de su puesto de trabajo desde entonces sin explicación alguna a los demás miembros del cuerpo, ni a la comunidad.

La irresponsabilidad, la “educación” demostrada y el desprecio a todos quienes día a día trabajan en la UNA parece ser su carta de presentación.

* a continuación unas notas sobre la intervención del Superintendente de Seguridad Social Julio César Alviarez

Prof. Ángel Míguez
Representante del
Ministerio del Poder Popular
para la Educación Universitaria
ante el Consejo Directivo de la UNA
(Según resolución N° 280 del MPPEU, Gaceta Oficial N° 39415 del 03-05-2010)
(Según resolución N° 3416 del MPPEU, Gaceta Oficial N° 39996 del 29-08-2012)

Los Derechos se Conquistan luchando, ayer, hoy, mañana y siempre


NOTAS SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL

La intervención del Prof. Julio César Alviarez, Superintendente de la Seguridad Social, se orientó a describir la historia de los regímenes de Seguridad Social, desde su creación en la década del ’40 del siglo pasado, con el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), pasando por la creación de los más de 3 000 regímenes especiales de seguridad social que se fueron creando en el país hasta la realidad actual; entre ellos, nos habló de los Fondos de Jubilaciones y Pensiones de las Universidades, creados de manera irregular, anárquica e improvisada, dado que no respondían a ley vigente (Ley del Estatuto Sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y de los Municipios de 1 986) ni a la resolución del CNU que normaba sus creaciones como Fondos de capitalización colectiva. Ninguno de estos Fondos ha cumplido con la finalidad para la que fueron creados, siendo fuentes de ilícitos de diversa índole.

Se refirió a la irregularidad que significó la liquidación de los fondos por parte de dos universidades, toda vez que el Gobierno sigue aportando en un fideicomiso (para cada Universidad existe un fideicomiso independiente) en el Banco de Venezuela con el respectivo porcentaje (aporte patronal) por cada trabajador de cada una de dichas universidades.

Señaló que por mandato del artículo 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se debe crear un Sistema Único de Seguridad Social, que sea universal, solidario, integral, unitario, eficiente y participativo. Para ello la Ley Orgánica de la Seguridad Social, crea la Superintendencia de Seguridad Social, con el objeto de diagnosticar, ordenar, organizar y coordinar un régimen de seguridad social sostenible, técnicamente orientado, contributivo y solidario.

Por esto es necesario revisar la página de la Superintendencia de Seguridad Social. http://www.siss.gob.ve/

Entre otros aspectos el Superintendente también señaló: 

1. el Estado invierte un Presupuesto total en la Salud Pública (para el año 2013) de Bs. 34 000 000 000  y en HCM del sector público (en el mismo año 2013) un monto de Bs. 27 000 000 000, lo que requiere una mayor coordinación, unificación y organización del Sistema de Seguridad Social.

2. La Tesorería de la Seguridad Social (que fue creada en mayo del 2 012) debe garantizar la seguridad, rentabilidad y liquidez de los fondos de jubilaciones y pensiones, mediante el seguro censo y auditoría que realizará para ir asumiendo progresivamente los bienes de los más de 3 000 regímenes especiales de seguridad social existentes con miras a crear uno único.

3. En el diagnóstico que realizaron en 18 universidades identificaron un número de instituciones cuyos trabajadores no cotizan, violentando el principio contributivo y de solidaridad del Sistema; que el Estado aporta a esos fondos desde 6% hasta el 14%; mientras el o la trabajadora entre el 1% al 6% del salario; que ninguno de estos Fondos ha cancelado medio en prestaciones y menos en pago de pensiones y jubilaciones; y la mayoría funciona como cajas de ahorro de manera totalmente irregular.

4. Venezuela es el único país que diferencia entre jubilación y pensión, y en el que el Estado puede, y de hecho lo hace, pagar las  jubilaciones todas las  personas que obtienen ese derecho. Las distorsiones son tales que, por la gran variedad de regímenes especiales existentes hay personas jubiladas a los 35 años de edad, hay jubilados con 10 años de servicio al estado venezolano, hay jubilados hasta con 5 jubilaciones y hay jubilados que sus ingresos alcanzan los Bs. 40 000 mensuales.

Finalmente indicó, que en la UNA se debe resolver los problemas generados por la liquidación de hecho realizada del Fondo de Jubilaciones y Pensiones, en particular en lo que respecta al principio contributivo, ya que si bien las condiciones de jubilación de las personas activas no se modificarán, como lo dice expresamente la Ley, el riesgo es la no sostenibilidad a lo largo del tiempo.

Por ello, aseguró, que los trabajadores deben volver a contribuir con el Sistema de Seguridad Social, a través de los mecanismos que se estimen convenientes tanto por la UNA, como por la Tesorería de Seguridad Social y el MPPEU-OPSU.

Finalizó señalando que pese a todas las irregularidades, ilícitos y distorsiones los derechos a jubilación y pensión adquiridos y en formación están garantizados por el estado venezolano.


Estas notas fueron escritas a cuatro manos entre la Profesora Isaly Matheus, Presidenta del Consejo Superior y el que suscribe esta reseña.


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